SISTEMAS DE DENUNCIA Y POLÍTICAS
¿QUIÉN PUEDE HACER UNA DENUNCIA?
La elección se deja a la compañía . Por lo general, se puede extender a todos los empleados, a socios comerciales,
y proveedores..
¿CUÁL ES EL OBJETO DEL PROCEDIMIENTO? ¿QUÉ PUEDES DENUNCIAR?
También en este caso, la elección es de la empresa. Esto generalmente incluye todos los comportamientos que constituyen o pueden constituir posibles violaciones de las leyes, regulaciones y procedimientos internode la compañía, incluidas las violaciones del código de ética.
Puede facilitar la comprensión del procedimiento de gestión de la
informa sobre la provisión de algunos ejemplos prácticos, la indicación de algunos tipos de comportamiento no conforme, posible tema del informe.
¿QUÉ TIPO DE INFORMACIÓN DEBE CONTENER LA DENUNCIA?
El procedimiento debe especificar que una denuncia, incluso en forma anónima, no es una queja y debe ser lo suficientemente detallada, en función de los elementos adquiridos directamente, con el fin de permitir una respuesta adecuada.
¿QUIÉN ESTÁ DESIGNADO COMO DESTINATARIO DE LA DENUNCIA?
Dependiendo de cómo esté estructurada la institución el gerente o una función individual (p. Ej., Auditoría interna, gerente de cumplimiento, gerente de seguridad, miembro del Órgano de supervisión, etc.). En cualquier caso, el gerente debe ser independiente tanto en términos de presupuesto como de gestión con respecto al trabajador.
¿CUALES PUEDEN SER LOS CANALES DE DENUNCIA?
Se puede elegir un buzón de correo, una dirección de correo electrónico dedicado, una línea telefónica y, cuando sea posible una plataforma electrónica que pueda transmitir el mensaje, fomentando el diálogo con el denunciante con confidencialidad y seguridad.
¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES DE LOS QUE RECIBEN UNA DENUCIA?
El receptor de la alerta pasará una primera evaluación en términos de elegibilidad, y si es así, iniciará unainvestigación interna, posiblemente consultando otras estructuras corporativas, mientras mantiene la confidencialidad del agente informante. A continuación, debe formular un informe que se enviará al empleador para posibles medidas internas. Durante el procedimiento, es recomendable proporcionar información periódica al informador y, siempre de forma periódica, puede ser útil comunicar los resultados del procedimiento y su funcionamiento.
¿PUEDES HACER DENUNCIAS ANÓNIMAS?
Es posible en la medida en que se informe a los periodistas que los informes deben ser lo más detallados posible y que no pueden tenerse en cuenta en ausencia de información precisa.
¿CUÁLES SON LAS PROTECCIONES PARA EL PERIODISTA?
En primer lugar, la confidencialidad de la identidad hacia cualquier persona sujeta al informe, pero también a terceros. Con este fin, se deben tomar las acciones e iniciativas necesarias contra cualquier persona que imponga (o amenace) represalias contra el informante. Cabe destacar la importancia del principio de protección del agente informador también en el contexto del Código de Ética de la empresa, donde exista.
¿CUÁLES SON LAS PROTECCIONES PARA LA PERSONA OBJETO DE LA DENUNCIA?
No se debe tomar ninguna acción disciplinaria contra una persona denunciada para la elaboración del informe, únicamente en el caso de que el informe se haya implantado internamente.
¿PUEDE EL PROCEDIMIENTO PREPARAR PARA LAS SANCIONES?
No solo puede hacerlo sino que debe establecer sanciones contra quienes abusen del procedimiento con información deliberadamente difamatoria; hacia el destinatario de informes que no lleva a cabo actividades de verificación apropiadas; contra cualquier otra persona que se niegue a colaborar con el destinatario designado para la verificación de los informes o contra aquellos que cometen o amenazan con represalias contra el agente informante.